Los promotores del acceso a la información y
de los datos abiertos tenían agendas paralelas hasta hace algún tiempo, con lo
que se comenzó a ver que se iban consiguiendo los objetivos de la sociedad
civil y las personas
En
los últimos años el acceso a la información pública ha tenido un impulso sobre
el Acceso a la información de la Organización de los Estados Americanos (OEA),
por lo que el uso de formatos abiertos permitió la realización de funciones y aplicaciones
en beneficio directo de la ciudadanía mostrando una faceta amigable cercana y
práctica frente a lo que se necesita.
En
el siguiente trabajo de investigación tenemos por objetivo realzar el derecho
de acceso a la información ya que es fundamental a la hora de alcanzar una
verdadera política de datos abiertos y estos últimos son herramientas útiles
para lograr mayores niveles de transparencia y la realización de los derechos
fundamentales de las personas, por otro lado, los gobiernos no siempre disponen
de información completa y útil en sus portales de transparencia activa y
tampoco la generan cuando esta es solicitada. El avance efectivo del derecho de
acceso a la información es fundamental a la hora de alcanzar una verdadera
política de datos abiertos y estos últimos son herramientas útiles para lograr
mayores niveles de transparencia y la realización de los derechos fundamentales
de las personas. Para ello es fundamental la cooperación entre las
organizaciones, redes y comunidades que trabajan en esas áreas.
En
segundo lugar queremos realizar un análisis de como el carácter completo o la
inexistencia de la información dificultan la labor de la sociedad civil, por lo
cual debe resaltar la importancia de la rendición de cuentas para una gestión
pública mediante la difusión de información económica-financiera y de gestión,
siendo el destinatario el ciudadano y aplicando Internet como soporte de
distribución, esto hace referencia al deber de los poderes públicos de exponer
y someter al análisis de la ciudadanía la información relativa a su gestión, al
manejo de los recursos que la Sociedad les confía, a los criterios que
sustentan sus decisiones, y a la conducta de sus funcionarios.
El
interés público debe ser siempre el indicio que permita definir el carácter
público de la información, ya sea porque existe un interés ciudadano en acceder
a ella, porque se relaciona con las funciones de un organismo determinado o
porque resulta necesaria de alguna otra manera para el cumplimiento de
objetivos y funciones.
Se
ha organizado la presente investigación en 4 puntos iniciando por los desafíos
de cooperación, las oportunidades de convergencia, la transparencia activa y
formatos abiertos como estándar mínimo y el interés público y la obligación de
generar información.
Hace
un tiempo en el Reino Unido se planteó que la divulgación de los datos en
formatos abiertos quitaba sentido al derecho de acceso a la información, y en
consecuencia, se propuso cobrar un derecho a las solicitudes de información.
Esta idea generó una gran polémica y no prosperó, pero permitió abrir el debate
sobre la necesidad de convergencia y profunda interconexión entre ambos
aspectos.
En
palabras de Martín Tisné, miembro del Comité Directivo de la Alianza para el Gobierno
Abierto hasta 2016: “Necesitamos dejar de hacer distinciones binarias entre
leyes de acceso a la información y leyes de protección de datos, entre
políticas de datos abiertos y políticas de privacidad. Necesitamos un solo
marco que controle y a la vez incentive el uso de datos abiertos”.
El
caso del Reino Unido es emblemático. No es lógico que, por una parte, se busque
promover el acceso en formatos abiertos solo a la información que las
autoridades consideran adecuada para el público, mientras que, por otra, se
entorpezcan las solicitudes de acceso a la información mediante el cobro de
aranceles o la ampliación de las atribuciones a fn de denegar el acceso. Las
visiones no pueden resultar contrapuestas, sino que por el contrario deben
complementarse mutuamente en pos del pleno ejercicio del derecho de acceso a la
información.
Por
esta cuestión, la cooperación entre las comunidades y las redes que trabajan en
estas áreas es fundamental; no solo para avanzar y mejorar la calidad de vida
de las personas, sino también para evitar situaciones regresivas de este tipo,
que se originan en una mirada dicotómica sobre el alcance y las finalidades de
estas agendas.
La
globalización, los dramáticos cambios en la geografía económica mundial, la
transformación tecnológica y la competitividad son los grandes desafíos que
América Latina y el Caribe enfrentan para alcanzar una plena cooperación,
afirmó el presidente del BID, Enrique V. Iglesias en una conferencia cuyo tema
era Las Américas: de la integración económica a la plena cooperación.
La
conferencia se realizó en la sede de la Organización de Estados Americanos
(OEA), en el marco de la serie Cátedras de las Américas. Iglesias señaló que
los acuerdos comerciales constituyen un punto de partida indispensable para una
cooperación que abarque aspectos económicos, políticos, sociales y culturales.
Luego
de destacar los progresos de la región en esos campos, Iglesias distinguió
diversos factores que representan otros tantos desafíos y oportunidades.
En
particular se refirió al impacto de la globalización en América Latina y el
Caribe, tanto en materia comercial y financiera como en los flujos de inversión
privada. A ello se suma la creciente participación de países como China e India
en la escena económica mundial. Además, la debilidad del desarrollo tecnológico
de América Latina y el Caribe exige un esfuerzo extraordinario para evitar el
rezago y mejorar continuamente la competitividad. “Quien no compite, no
sobrevive”, aseveró.
Para
hacer frente a estos retos, expuso Iglesias, América Latina y el Caribe deberán
trabajar en varios frentes: profundizar los acuerdos comerciales; atender la
agenda doméstica, en particular la lucha contra la pobreza, la desigualdad y la
exclusión social; proseguir las reformas estructurales que favorecen la
apertura económica; tomar conciencia de las asimetrías y actuar en
consecuencia, seleccionando y priorizando objetivos en materia de cooperación.;
fortalecer las instituciones regionales; e incorporar la prevención y
mitigación de desastres naturales a la agenda de cooperación.
“Estamos
en un momento especial de recuperación económica que justifica un cauto
optimismo”, agregó. A su juicio, la coyuntura es propicia para construir sobre
el capital acumulado en la última década: el respeto por los grandes
equilibrios macroeconómicos, y el papel del mercado en la asignación eficiente
de recursos, con apoyo de un Estado regulador y compensador, en un contexto de
apertura económica.
La
progresiva integración de América Latina y el Caribe, tanto en el ámbito
regional como en el hemisférico e internacional, constituye un ejemplo casi sin
par en la actualidad, sostuvo Iglesias. En los últimos años, subrayó, la visión
hemisférica ganó terreno gracias a una fuerte dinámica, pero aún hay necesidad
de profundizar la integración regional y fortalecer a la Organización Mundial
de Comercio porque hay claras relaciones entre las tres modalidades de
entrelazamiento.
Alejandra
Naser, Álvaro Ramírez-Alujas, Daniela Rosales nos dicen: “Que el desarrollo de
la tecnología ha comenzado a evidenciar las grandes oportunidades de
cooperación que existen en materia de acceso a la información y datos abiertos.
Esto, ciertamente, rompe con las antiguas lógicas, en que las organizaciones y
los promotores de las respectivas agendas competían por mostrar su trabajo por
separado. El trabajo conjunto potencia ampliamente el resultado que estos
pueden obtener de manera individual.”
En
esa nueva lógica, es interesante el caso de la Ley de Acceso a la Información
Pública del Paraguay de 2015. Por primera vez, esta Ley y sus normas
reglamentarias tratan de manera conjunta las agendas de acceso a la información
pública y datos abiertos, consagrando expresamente el acceso a la información
en formatos abiertos como fórmula por defecto.
El
análisis del caso del Paraguay evidencia la innovación que representa el
reconocimiento expreso de los datos en formatos abiertos como un elemento
consustancial al acceso a la información. Tanto la agenda de acceso a la
información como la de datos abiertos resultan perfectamente compatibles y
complementarias (Santagada, 2015). En el desarrollo actual del acceso a la
información no se puede obviar el uso de los datos abiertos y, a su vez,
tampoco se puede teorizar sobre la utilidad de los datos en formatos abiertos
sin vincularlos con los estándares legales de acceso a la información. Esto
sería desconocer el grado de avance de la tecnología actual con todas sus
potencialidades o caer en una suerte de fetiche tecnológico desvinculado de
resultados sistemáticos y permanentes basados en principios asentados
(Santagada, 2015).
En
ese sentido, el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información
resulta favorecido por la adopción de las herramientas de datos abiertos. Sin
perjuicio de ello, el procedimiento para que cualquier persona pueda solicitar
acceso a la información que obra en poder del
Estado
se convierte en la garantía primordial ante cualquier omisión, involuntaria o
no, relativa a las obligaciones de transparencia activa. Las reglas de ese
procedimiento deben ser claras y evitar, en la medida de lo posible, cualquier
interpretación que se preste a confusiones y que pueda menoscabar el ejercicio del
derecho tutelado.
De
esta manera, la masificación de la información en datos abiertos produce un
impacto real. Los formatos abiertos favorecen la transparencia activa,
propiciando que el acceso a la información se convierta en la garantía mínima
para la disponibilidad de la información en ese formato, mientras que el
derecho tutelado resulta fortalecido cuando su acceso se garantiza mediante
datos abiertos.
La convergencia cibernética y física
está creando nuevas oportunidades de ataque
Fortinet
anunció los hallazgos de su último Informe Global del Panorama de Amenazas,
publicado trimestralmente. La investigación revela que los ciberdelincuentes
están evolucionando constantemente en la sofisticación de sus ataques, desde la
continua explotación de la inseguridad de los dispositivos del Internet de las
Cosas (IoT) hasta la transformación de las herramientas de código abierto de
malware en nuevas amenazas.
Índice
de exploits sin precedentes: de acuerdo con el informe, los cibercriminales
continúan trabajando duro incluso durante temporadas festivas. Después de un
inicio dramático, el Índice de Exploits se fijó en la segunda mitad del
trimestre. Si bien la actividad criminal disminuyó ligeramente, el número de
ataques por empresa aumentó un 10 por ciento, mientras que las explotaciones
únicas detectadas aumentaron un 5 por ciento. Al mismo tiempo, las botnets se
vuelven más complejas y difíciles de detectar. El tiempo para la infección de
botnets aumentó en un 15 por ciento, creciendo a un promedio de casi 12 días de
infección por empresa. A medida que los ciberdelincuentes emplean la
automatización y el aprendizaje automático para propagar ataques, las
organizaciones de seguridad deben hacer lo mismo para combatir estos métodos
avanzados.
Monitorear
los dispositivos de monitoreo: la convergencia de los elementos físicos y la
ciberseguridad crea una superficie de ataque expandida, una que los
cibercriminales están atacando cada vez más. Seis de los 12 principales ataques
estuvieron relacionados con IoT, y cuatro de los principales seis estuvieron
relacionados con cámaras de red habilitadas. El acceso a estos dispositivos
podría permitir a los cibercriminales espiar en las interacciones privadas,
promulgar actividades maliciosas en el sitio u obtener un punto de entrada en
los sistemas cibernéticos para lanzar ataques de denegación de servicio (DDoS)
o ransomware. Es importante conocer los ataques ocultos incluso en los
dispositivos que utilizamos para monitorear o brindar seguridad.
Herramientas
ampliamente accesibles: las herramientas de malware de código abierto son muy
beneficiosas para la comunidad de la ciberseguridad, ya que permiten a los
equipos probar las defensas, a los investigadores analizar los ataques y a los
instructores usarlos como ejemplos de la vida real. Estas herramientas de
software abierto están disponibles en sitios de intercambio como GitHub. Como
éstos están disponibles para todos, los adversarios pueden acceder a ellos para
realizar actividades maliciosas. Están evolucionando y armando estas
herramientas de malware en nuevas amenazas, con el ransomware liderando este
espacio de amenazas emergentes. Un ejemplo donde el código fuente de un
software abierto ha sido armado es el botnet IoT conocida como Mirai, que desde
su lanzamiento en 2016 continúa registrando una explosión de variantes y
actividades. Para los ciberdelincuentes, la innovación sigue siendo la tierra
de las oportunidades.
Proliferación
de la esteganografía: los desarrollos en la esteganografía están dando nueva
vida a un antiguo tipo de ataque. En general, la esteganografía no se usa en
amenazas de alta frecuencia, aunque el botnet Vawtrak se ubicó en la lista
principal de botnets “explosivos” durante el trimestre. Esto demuestra una
mayor persistencia para este tipo de ataque. Además, durante el trimestre, los
investigadores observaron muestras de malware utilizando esteganografía para
ocultar las cargas útiles maliciosas en los memes transmitidos en las redes
sociales. Durante el proceso de ataque y después de intentar contactar con un
servidor anfitrión de comando y control, las muestras buscan luego imágenes en
un feed de Twitter asociado, descargan esas imágenes y buscan comandos ocultos
dentro de ellas para propagar la actividad. Este enfoque encubierto demuestra
que los adversarios continúan experimentando en cómo avanzan su malware.
Infiltración
de adware: el software publicitario o adware, sigue siendo una amenaza y no
solo una molestia. A nivel mundial, el adware se encuentra en el primer lugar
de la lista de infecciones de malware para la mayoría de las regiones: supera
la cuarta parte de todos los tipos de infección en Norteamérica y Oceanía, y
casi la cuarta parte de Europa. Dado que el adware se encuentra en aplicaciones
publicadas, este tipo de ataque puede representar una amenaza seria,
especialmente para los usuarios inadvertidos de dispositivos móviles.
Vigilando
la tecnología operativa: con la convergencia continua de la TI y la tecnología
operativa (OT), un año en revisión muestra el cambio relativo en la prevalencia
y la frecuencia de los ataques dirigidos a estos entornos. Desafortunadamente,
la mayoría de los ataques generaron terreno en ambas escalas de volumen y
prevalencia. En particular, la reaparición del malware Shamoon en una ola de
ataques durante diciembre demostró el vigor renovado de estos ataques
destructivos. Un ciberataque que ataca exitosamente a un sistema OT o incluso
dispositivos conectados como válvulas, medidores o interruptores, podría tener
consecuencias físicas devastadoras para infraestructuras y servicios críticos,
el medio ambiente e incluso la vida humana.
“La
convergencia de las “ciber-cosas” y los espacios físicos está aquí. Si bien
esta convergencia parece atractiva para nuestra economía digital,
desafortunadamente los riesgos de ciber seguridad son muy reales. Los ciber delincuentes
están observando de cerca y desarrollando explotaciones dirigidas a esta
convergencia digital emergente. Los elementos fundamentales de la ciber seguridad,
incluida la visibilidad, la automatización y la segmentación ágil, son más
críticos que nunca para que podamos prosperar en nuestro futuro digital y para
protegernos contra las actividades maliciosas de nuestros ciberadversarios”,
dijo Phil Quade, director de Seguridad de la Información de Fortinet.
El
Informe del Panorama de Amenazas de Fortinet es una visión trimestral que
representa la inteligencia colectiva de FortiGuard Labs extraídos de la amplia
gama de sensores globales de Fortinet durante el cuarto trimestre de 2018.
La
visión a futuro trata de unificar las agendas existentes en un todo, es decir,
no apartarlas del entorno que pertenecen. Desde este punto de vista, el acceso
a la información es el amparo de que los datos serán abiertos y por ello es
importante que las reformas de las leyes actuales y las leyes futuras en temas
referidos al acceso a la información incorporen esta visión complementaria.
Una
de las manifestaciones del principio de transparencia es, sin duda, el derecho
de acceso a la información pública, el mismo que al tener una fase individual y
otra colectiva, permite concretar el principio de transparencia. Es en la fase
colectiva del derecho de acceso a la información pública que todas las personas
tienen el derecho de recibir información por parte de los poderes públicos8 ,
lo que implica que estos, además de gestionar las solicitudes de acceso que
presentan las personas interesadas, tienen la responsabilidad de poner a
disposición, todo el tiempo y haciendo uso de todos los mecanismos posibles, la
información sobre las características de su gestión que, siendo pública, debe
rendir cuentas no solo de sus acciones, sino, principalmente, de sus resultados
y logros en la prestación de servicios a la ciudadanía. El derecho de acceso a
la información tiene que ver, a su vez, con el principio de responsabilidad que
orienta al Estado Constitucional y Social de Derecho. Y, es que la
responsabilidad estatal no se limita a las reparaciones o indemnizaciones a los
que se obliga el Estado frente al incumplimiento de determinadas obligaciones.
En materia de transparencia, existe un principio de responsabilidad que se
concreta cuando la administración pública realiza una gestión responsable
frente a sus ciudadanos, a quienes rinde cuentas y auspicia su participación.
El derecho de acceso a la información pública, siendo una manifestación del
principio de transparencia, es un derecho fundamental. Para comprender mejor su
contenido, explicamos algunas características y los criterios de interpretación
de los derechos fundamentales y, en consecuencia, del derecho de acceso a la
información pública.
Un
gobierno abierto, participativo y responsable depende de que las personas
tengan acceso a la información en poder de organismos públicos.
El
derecho a la información está protegido a través de las garantías de libertad
de expresión que se encuentran en los principales tratados internacionales de
derechos humanos.
Esto
ha sido reconocido por los tribunales internacionales de derechos humanos (Corte
Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos) y
las principales autoridades internacionales (incluyendo los cuatro mandatos
especiales sobre libertad de expresión en la Comisión de las Naciones Unidas,
la OEA, la OSCE y el Comité de Derechos y de los Pueblos de la Comisión
Africana, y el Comité Jurídico Interamericano), así como el Comité de Derechos
Humanos de Naciones Unidas. Un principio fundamental de Derecho a la
Información es el de la “máxima divulgación” o “publicidad”.
La
información sólo debe ser ocultada al público cuando sea absolutamente
necesario para prevenir daño a un interés legítimo y donde no existe un interés
público superior al de conocer la información. Según el Global Right to Info
Rating, hasta finales de 2016, 110 países han adoptado leyes DAI, un aumento
masivo si se considera que en 1990 solo 13 países tenían normas de este tipo.
Sin
embargo, la experiencia ha demostrado que, si bien la aprobación de la ley es a
menudo un esfuerzo de alto alcance por sus promotores políticos, el principal
desafío es mantener el impulso político necesario para su aplicación efectiva.
El
desafío es que los Estados y las organizaciones de la sociedad civil sean
conscientes de estos vínculos y potencialidades. Y cuando los Estados las
ignoren, las organizaciones de la sociedad civil deberán encaminar sus
esfuerzos para revertir esta situación. Claramente, esto requiere un enfoque
multidimensional y multidisciplinario pero, sobre todo, estar dispuestos a
trabajar en equipo y a entender los objetivos comunes que se persiguen
(Santagada, 2015, pág. 54).
Se
trata entonces del derecho de toda persona a solicitar aquella información pública
o de interés general que obre en bancos de datos de entidades públicas y que se
le permita acceder a ella únicamente de asumir el costo que su reproducción
pueda acarrear. Además, la eventual negación de los funcionarios de las
entidades públicas de proporcionar dicha información solo podría basarse en
razones expresa y claramente establecidas en la normativa que regula este
derecho, y sobre la base de motivos legítimos como intimidad personal,
seguridad nacional u otros criterios que vayan en la misma línea. De acuerdo a
lo señalado, este derecho no cuenta con elementos de discrecionalidad para que
se habilite su ejercicio (a diferencia del derecho de petición comprendido en
sentido estricto), no faculta a la divulgación de información veraz (como en el
derecho a la libertad de información) o de expresiones subjetivas (como en el
derecho a la libertad de expresión), o a que se acceda a una base de datos
sobre información sobre uno mismo
El
interés público debe ser siempre el indicio que permita definir el carácter
público de la información, ya sea porque existe un interés ciudadano en acceder
a ella, porque se relaciona con las funciones de un organismo determinado o
porque resulta necesaria de alguna otra manera para el cumplimiento de
objetivos y funciones.
Este
criterio a menudo contrasta con la práctica de usar argumentos basados en la
supuesta inexistencia de la información para negar acceso a ella. Muchas
instituciones públicas no generan la información que deberían generar, ya sea
porque su mandato legal es ambiguo, amplio o sencillamente porque evitan
hacerlo, y esto constituye un gran obstáculo. Al mismo tiempo, no se hacen
cargo de la obligación positiva de producir información, materia que los
órganos del sistema interamericano han desarrollado considerablemente.
Los
derechos que asisten a quienes son titulares del derecho de acceso a la
información pública - ciudadanos individualmente y personas jurídicas de
derecho privado– son los de solicitar información, pública o de interés
público, sin expresar la causa para ello y además recibir dichos datos dentro
del plazo establecido por la ley, para lo cual asumirá los costos que implique
su reproducción21. Como deber correlativo, se les impone una serie de
obligaciones (que se mencionarán con mayor detalle en el análisis del
procedimiento administrativo), entre los cuales destaca la que dispone que en
el pedido formulado por un individuo debe constar una expresión concreta y
precisa de los datos que se solicitan (pues, de lo contrario, se justificaría
que se deniegue el acceso a dicha información).
Asimismo,
el Estado no está sólo obligado a respetar el derecho permitiendo el acceso a
archivos y bases de datos, sino que tiene una obligación positiva de producir
información en determinadas circunstancias. Estas circunstancias van desde la
producción de información para colectivos vulnerables como también la
obligación de producir o captar la información que necesita para el
cumplimiento de sus deberes, según lo establecido por normas internacionales, constitucionales
o legales.
Cabe
entonces preguntarse cómo puede el Estado excusarse en la inexistencia de
determinada información si tiene el deber legal, constitucional e internacional
de generarla. La producción de esta información no es accidental, sino que por
el contrario sirve para el pleno cumplimiento de los derechos económicos,
sociales y culturales.
El
abuso del argumento de inexistencia de la información perjudica a la ciudadanía
a la hora de ejercer y exigir sus derechos humanos. Además, la generación de
indicadores, estadísticas y otros datos debe beneficiar directamente a la
población y no producir meros datos carentes de utilidad práctica. Como ya se
ha dicho, la generación de datos en formatos abiertos permite el uso, la
distribución, redistribución y transformación de la información con fines
diversos y, por tanto, contribuye a la satisfacción de los derechos humanos.
La
inexistencia de la información no puede ser un argumento válido cuando los
organismos del Estado tienen el deber, debido a su estructura legal, funciones
y poderes expresos o implícitos, de generar y poseer ciertos datos en el ámbito
de su competencia. En esa línea, hubo ocasiones en que la administración
pública de algunos países se negó a proporcionar información sobre instituciones
directamente fiscalizadas por ella.
La
información siempre ha tenido un enfoque publicista, esto para evitar que se
cometa corrupción entre otras causa, al hacerlas públicas se incrementa,
fomenta y se incita a la población formar parte y hasta a veces a tomar
iniciativa por sí mismos.
"El
acceso a la información pública y los datos abiertos tienen el potencial de
amentar la inclusión, la participación y el bienestar social y contribuir al
pleno ejercicio de los derechos humanos. Los derechos económicos, sociales y
culturales son una realidad concreta, que se beneficiaría muchísimo de mayores
niveles de acceso a la información y del uso de formatos abiertos.”
La
información que posee el estado es pública, y estos deben poseer formatos
abiertos, esto a su vez les asegura a las personas calidad de vida, y así hace
efectivos el uso y aplicación de los derechos humanos
En
relación a la lectura se dice que los actores y estados se comprometieron a la
recolección de información para relacionar su buen funcionamiento. Los datos
permitirán hacer un diagnóstico de la situación actual, medir los avances y
detectar brechas y desafíos. Dentro de toda esa información es necesario
discernir qué información es útil y que otras forman parte de historias. Esto
se debería arreglar si se implementan las capacidades de los periodistas, y en
el mundo académico.
El
uso de formatos abiertos, debe concentrarse en aquellos datos que pueden
representar una oportunidad para mejorar determinados contextos y la calidad de
vida de las personas y la población en general.
Los
derechos económicos y sociales no son algo abstracto, sino que deben realizarse
mediante acciones concretas y efectivas. Como han declarado los representantes
de distintos organismos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, el
acceso a la información se encuentra íntimamente relacionado con la libertad de
expresión, pilar de cualquier sociedad verdaderamente democrática. La libre
circulación de ideas y opiniones puede ciertamente beneficiarse del uso de
formatos abiertos.
Aunque
no existe una obligación expresa de generación de información, la aplicación de
estos principios en el contexto de los estándares interamericanos y de los
desafíos que propone la Agenda 2030 hace evidente que los Estados deben
internalizar la necesidad de producir información pública en determinadas
materias, que por su alto interés social se beneficiarían mucho del uso de formatos
abiertos.
Para
poder entrar en este sub tema de la optimización de recursos, necesitamos
conocer que optimizar es la acción de buscar la mejor forma de hacer algo, esto
quiere decir que es buscar mejores resultados, mayor eficiencia o mejor
eficacia en el desempeño de algún trabajo u objetivo a lograr, en este caso del
recurso de una empresa, llamándose optimización de recursos, en este caso la
definición se inclina hacia un lado político.
El
acceso a la información se podría decir que deberían ser públicos o privados
depende en qué grado afecte a la política, porque la mayoría de la información
vital tiene un impacto directo sobre las decisiones que se toman a nivel
político. Ambas tienen que estar a la par para que las dos se promuevan de
manera armónica.
Además
de disminuir los costos, el trabajo conjunto permitiría lograr de manera más
sencilla que toda la información que se haga pública (ya sea por transparencia
activa o en respuesta a solicitudes de información) se proporcionara en
formatos abiertos, sistematizada de manera que el público la pueda usar,
reutilizar y redistribuir. En la actualidad, por el contrario, la información a
la que se accede a través de los mecanismos de transparencia generalmente se
encuentra en formatos sujetos a licencia o difíciles de utilizar.
Una
gestión eficiente debe reunir ambas agendas en una estructura gubernamental que
sepa aprovechar las potencialidades del acceso a la información y el uso de los
formatos abiertos como un todo, en pos de la transparencia y del pleno
ejercicio de los derechos humanos.
·
El acceso a la información pública es un
derecho estrechamente ligado a la democracia y a la gobernabilidad democrática
y permite mejorar la legitimidad en el ejercicio del poder y el ejercicio de la
ciudadanía, elementos indispensables de las democracias contemporáneas.
·
En el plano de la gestión pública el
acceso a la información y la transparencia permiten la interacción de los ciudadanos
con la administración pública, lo cual crea un escenario en el que es posible
la evaluación de las políticas públicas y la mejora permanente de las mismas.
Además de ello, al contar con ciudadanos adecuadamente informados los costos de
transacción entre los actores públicos y sociales se reducen, se asignan
adecuadamente los recursos públicos y, por ende, la eficiencia en la prestación
de los servicios públicos mejora.
·
El acceso a la información pública es un
“derecho instrumental” en la medida que posibilita el ejercicio de otros
derechos. En este sentido, el derecho de acceso a la información instrumental
responde de manera efectiva a la necesidad de obtener beneficios específicos
del acceso a la información general, así como también la demanda de mejorar la
calidad de la información que ofrecen las instituciones. El derecho
instrumental requiere que el gobierno estandarice y publique información
específica, resuelva un problema social concreto, producto de mejor información
·
Alejandra Naser, Álvaro Ramírez-Alujas,
Daniela Rosales(editores), Desde el gobierno abierto al Estado abierto en
América Latina y el Caribe, Libros de la CEPAL, N° 144 (LC.PUB.2017/9-P),
Santiago, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), 2017.
·
Alianza Regional por la Libre Expresión e
Información (2015), Saber más VII. Informe regional sobre acceso a la
información y datos abiertos [en línea]
http://www.alianzaregional.net/wp-content/uploads/saber_mas_VII_fnal.pdf.
·
CIDH (Comisión Interamericana de Derechos
Humanos) (2011), “El derecho de acceso a la información en el marco jurídico
interamericano. Segunda edición” (OEA/Ser.L/V/II; CIDH/RELE/INF. 9/12) [en
línea] https://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/publicaciones/ACCESO
%20A%20LA%20INFORMACION%202012%202da%20edicion.pdf.
·
“El
derecho al acceso a la información”, (2009),Relatoría Especial para la Libertad
de Expresión. Informe 2009 [en línea]
https://www.oas.org/dil/esp/acceso_a_la_informacion_lineamientos_CIDH.pdf.
·
Lineamientos para la elaboración de
indicadores de progreso en materia de derechos económicos, sociales y
culturales (2008), (OEA/Ser.L/V/II.132) [en línea] http://www.cidh.oas.org/pdf%20fles/Lineamientos%20fnal.pdf.
·
Darbishire,
H. (2015), “Evidence on aspects of the UK Freedom of Information Act2000”, 20
de noviembre [en línea] http://www.access-info.org/frontpage/21365.
·
Fumega, S. (2015a), “Algunas refexiones
sobre el taller con las comunidades de Datos Abiertos y Acceso a la Información
Pública” [en línea] http://silvanafumega.
blogspot.cl/2015/11/algunas-refexiones-sobre-el-taller-con.html.
·
(2015b), “Construyendo puentes entre las
comunidades de Acceso a la Información y
Datos
Abiertos” [en línea] http://silvanafumega.blogspot.cl/2015/11/construyendopuentes-entre-las.html.
·
Martin, J. (2015), “Mejor desarrollo
vendrá de la mano de mejores datos” [en línea]
http://www.cursosderse.com/2015/04/cartagena-datafest-data2015-sostenibilidad/.
·
Santagada, E. (2015), “Entrevista”,
Alianza Regional por la Libre Expresión e Información, noviembre [en línea]
http://lasecretariaejecutiva.org/?p=120.
·
Tisné,
M. (2015), “In The Information Debate, Openess and Privacy Are The Same
Thing”, Crunch Network [en línea] http://techcrunch.com/2015/06/10/inth.information-debate-openness-and-privacy-are-the-same-thing/.
·
SANTAGADA, Salvatore. (2015). Objetivos de
Desenvolvimiento do Milenio, Editorial Chaves